lunes, 21 de noviembre de 2011

DIA DE LA LUCHA CONTRA EL ABUSO SEXUAL INFANTIL

 DIA DE LA LUCHA CONTRA EL ABUSO SEXUAL INFANTIL
 19 DE NOVIEMBRE

Tenemos que saber que el abuso sexual infantil tiene una larga historia que tiene siglos y milenios, que recién a principios de 1900 se empezaron a escribir ensayos sobre los derechos de los niños y lo que no se debía hacer a los niños. Que jurídicamente en el Derecho Romano desde hace miles de años y en todos los países latinos y de habla hispana o portuguesa se estableció el derecho romano que decía que los niños son objetos. Esta concepción del niño objeto todavía es vista en países como Estados Unidos donde el niño no es escuchado ni por el abogado ni por la Corte.
A partir de la Convención de los Derechos del Niño de 1989 es la primera vez que el marco internacional le da la jerarquía de sujeto a los niños, desde 1989 los niños son considerados legalmente sujetos, pero hasta el día de hoy muchas cortes no se manejan con este concepto.
La concepción mundial del niño objeto hizo que se los utilizara como soldados, para trabaja esclavo, como objetos sexuales, como mercancía y como propiedad de los padres que aun hoy en el Islam lo considera así.  Hace muy poco para la Historia de la Humanidad que los Niños son categorizados como sujetos, esto hay que hacerlo valer y respetar en todos los órdenes de la vida.
 El abuso sexual infantil de acuerdo con los últimos avances de las investigaciones científicas y de todo tipo es mucho mas amplio que lo que el inconsciente colectivo acepta. Las Naciones Unidas han dado el numero que el 20 por ciento, es decir 2 de cada 10 personas que vive hoy en día en el planeta Tierra ha sufrido algún tipo de abuso sexual infantil. Es un tema que genera vergüenza, que da miedo al rechazo, que produce temor a la discriminación y es algo que nos abarca a todos.
Abuso sexual infantil es desde que un niño o menor vea una película o programa que tiene contenido para adultos, escuche cosas que no tiene que escuchar, se le toquen las partes que no se deben y lo mas grotesco y obvio es la violación o mas aun peor la explotación sexual con fines comerciales que eso circunscribe en el delito de trata de personas. Algunos programas de TV que vemos todos los dias violan la ley de abuso sexual infantil ( en la Argentina es la ley 25087) que dice que es responsable de abuso el que lo hiciere o el que lo propiciare.
Como detectar un abuso cuando es en menores?
Hay diferentes tipos. Están los abusos hechos por personas a distancia a través de redes sociales o msn y están los abusos hechos personalmente, los abusos a distancia son los que mas se ocultan porque el abusador a distancia extorsiona , amenaza e induce al niño a cosas terribles, cuando el abuso es personal generalmente esta en la orbe de la familia, de los amigos o de la escuela, es alguien que tiene un lugar de poder sobre el niño.
 Primero definamos abuso: Abuso significa sobrepasar un poder, muchas veces cuanto mas poder mas abuso, el abuso sexual infantil no pertenece a una clase social, ni discrimina raza, ni color, ni religión, nos toca a todos.
 Los abusadores son generalmente personajes muy seductores que caen muy bien a los vecinos y se hacen los payasitos, etc, en la intimidad tienden generalmente a cometer otros abusos como la cleptomanía ( robo en supermercados de cosas triviales que no les son necesarias, muchas veces objetos relacionados a la infancia) Otras veces son profesionales muy serios y callados que deschavan el monstruo en la intimidad pero no hemos encontrado nunca una madre de un abusador ni aun condenado que haya aceptado que su hijo es abusador, así que engañan fácilmente al circulo de pertenencia.
La detección del abuso en un niño se basa en escucharlo, verlo, prestarle atención, fijarse si hay cambios de conducta, hay síntomas físicos, psicológicos, de comportamiento, sociales, etc. Estos síntomas remiten con la terapia adecuada.
Es fundamental la educación sexual infantil de acuerdo con la edad y el lenguaje del niño, hay que explicarle que los adultos tienen relaciones sexuales para tener hijos y que esto pertenece a la esfera de la vida de los adultos y que ellos no deben permitir que nadie les mencione o toque sus partes intimas (ano, vagina, pene, tetillas, con el lenguaje que ellos utilicen) que deben enojarse si alguien lo hace y gritar y pedir ayuda.
De acuerdo con el Estatuto de Roma del año 2002 el abuso sexual infantil se considera Tortura (articulo 7mo del estatuto) lo cual lo transforma en imprescriptible y denunciable ante la OMCT (Organización Mundial contra la Tortura) www.omct.org 
En Chile se esta debatiendo la no prescripción en estos días, en realidad en Argentina por la Constitución de 1994, articulo 75, inciso 22, que absorbe el estatuto de Roma , es técnicamente imprescriptible pero los Jueces raramente conocen las convenciones internacionales por lo que es bueno en caso de abuso sexual infantil presentarles acompañadas de un escrito.
Sabemos que hay Provincias en la Argentina que no aceptan la Convención de los Derechos del Niño ni la ley 26061 ( ley integral de protección de la niñez) en estos casos como son violaciones a derechos constitucionales deben ser planteados ante la Corte Suprema de la Nación Argentina.
En el caso de Estados Unidos es gravísimo porque no han ratificado aun la Convención aunque si son estado parte entonces cada Juez anda con su librito y no hay abogado del niño, ni asesor de menores, ni se escucha al menor en Juicio, deben demandar ante la Corte de Estados Unidos, es el único camino.
Hablemos de los síntomas.
Los síntomas físicos, son los mas visibles , por lo tanto los que mas afectan a los adultos protectores : prurito ( picazón) vaginal o peneana, lastimaduras o dilatación anal, vómitos, asma, llanto , incontinencia de orina o de materia fecal, embarazo, masturbación compulsiva, chuparse el dedo queriendo volver a ser bebes, hiperactividad descontrolada, ataques de bronca donde rompen cosas, alcoholismo, drogadicción, intentos de suicidio

Síntomas psicológicos: retroceso escolar, retroceso en la edad madurativa, depresión, insomnio, introspección, niños que de repente se vuelven callados sin razón, fobias, miedos a determinados lugares o personas, compulsiones
No nos olvidemos que el niño si no esta contenido y no se le ha enseñado educación sexual se sentirá culpable de lo que sucedió y autolesionara.
Es muy importante que los niños sepan que hay adultos buenos y hay adultos malos, que hay papas buenos y papas malos, que hay mamas buenas y mamas malas, que tengan confianza en nosotros para que puedan hablar, tienen que saber que no tienen que aceptar que nadie les diga de guardar secretos que su familia no se entere, estos secretos como las amenazas son típicas de los abusadores.
De las entrevistas con las madres de niños/as abusados/as hemos observado que los padres abusadores tenían conductas que se podrían llamar de semáforo y que ellas no vieron, hay que aceptar que el pedófilo es pedófilo siempre, que si abuso de un hijo nuestro ya lo era cuando nos conoció que se volvió pedófilo por casarse o divorciarse, hemos escuchado que las hacían vestirse de nenas o bebes, usar ropa de nena o bombachas de bebes, estos síntomas indican un deseo de tener relaciones sexuales con niños.
Hay que aprender a correrse del lugar de la victima para proteger al menor atacado, obviamente el abuso sexual infantil para una persona adulta tiene muchas mas connotaciones que para un niño que quizás en ese momento lo que mas sufre es el daño y la ruptura en la fe a las personas queridas o de confianza, los adultos protectores, los menores solidarios de la victima deben hacer terapia para ser contenedores del menor victima.
Por mas que duela, si descubrimos que una persona que amamos abusa de un niño debemos denunciarlo, esto es lo que a veces , casi en un 80 por ciento de los casos demora la denuncia, solo el 20 por ciento de los abusos son denunciados y hemos escuchado en trabajo de campo "ya se van a olvidar". Cuanto más poder mas abuso, el abuso sexual no discrimina, es un delito de acción publica, debe ser denunciado por cualquier persona que se entere que sucede.
Hay organizaciones religiosas que sabemos que protegen a sus integrantes abusadores de todos modos debemos denunciarlos si sabemos que esto sucede, porque si no lo hacemos los abusos continuaran.
Quienes son las victimas del abuso sexual infantil?
El menor victima, los adultos protectores y los menores solidarios, todos ellos sufren. Por cada abuso hay muchas victimas.
En la Argentina es fallo de la Corte Suprema de la Nación Argentina de Octubre del 2010 que no se puede otorgar régimen de visitas al progenitor denunciado por abuso o violencia en cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño que dice claramente que los niños no podrán ser separados de sus padres solo exclusivamente que haya abuso sexual infantil o maltrato.
Los nombres y caras de los menores victimas jamás se pueden dar a conocer porque es violación de la Convención de los Derechos de los Niños y tiene que haber expresa aceptación del Juzgado o Corte interviniente para que se puedan mencionar sus nombres o publicar sus caras, esto lo decimos por los medios de comunicación que publican grupos de familiares alejados de sus hijos que nombran a los niños violando la ley.
Una vez descubierto o presumido el abuso sexual infantil debe recurrirse a un centro de atención medica ( hospital) para que la victima sea revisada por un servicio medico y después realizar la denuncia en fiscalía o en comisaria especializada, la denuncia penal siempre es obligatoria, de acuerdo con la Convención de los Derechos del Niño, el niño tiene derecho a tener un abogado que lo tiene que pagar el Estado ( el abogado del niño) que no es el asesor de menores ( pacto de san José de Costa Rica) y hay que pedir el rol querellante o de particular damnificado , pueden pedir el rol querellante todos los adultos protectores y pueden ser amicus curae de la causa ONGs y especialistas en salud de niños, amicus curae ( cuidadores /veedores de la causa).
El pacto de San José de Costa Rica en sus aspectos civiles dispone el asesor de menores que velera un 50 por ciento por el estado y un 50 por ciento por el niño.
La Convencion de los Derechos del Niño de Montevideo 1989, dispone la figura del abogado del niño, que no es el asesor de menores, sino un abogado que velara por el 100 por ciento del niño. Asimismo cuando hay una causa de abuso es necesario hacer una protección de persona de la victima para que el victimario no se pueda acercar.
En la provincia de Buenos Aires , estos expedientes de Protección de Persona se llaman medidas de abrigo. 
Con una buena terapia psicológica, psiquiátrica ( si necesita medicación para remitir síntomas) un niño puede estar en un año bien, pero de acuerdo al daño que hayan padecido será el tiempo que deberán hacer terapia y recomendamos a todos los adultos /as que sufrieron abuso sexual infantil hacer la terapia correspondiente para poder limpiar esa parte de sus vidas y vivir mas livianos.
Quienes deben acompañar a un menor victima en una causa de abuso: sus terapeutas, abogados que puedan escucharlos, institución de protección, lugares de contención, el menor debe ser protegido y sentirse afianzado en que la gente lo quiere y lo protege y que el no tuvo la culpa de nada, es bueno, lamentablemente decirles que esto es común que les pasa a un montón de niños solo que nadie lo dice. Es sanador para el niño que los adultos protectores sepan sobrellevar los síntomas sin escándalo, sin retarlo, comprendiendo y escuchándolo, es común que por un periodo de un año a dos años cuenten el abuso intempestivamente, hay que tener paciencia y no callarlos.

Lo mas importante, recordemos que el 19 de Noviembre de 1999 se instituyo el Día Mundial de Prevención del Abuso que en muchos lugares se hacen barrileteadas como fue la primera vez que se hizo, se sueltan globos blancos en símbolo de la pureza roba, se hacen foros, congresos, hace lo que mas te parezca pero que el 19 de Noviembre no sea un día mas, podes poner un cartel, una foto de perfil, hablarlo en tu familia, en tu trabajo, en tu escuela.
Convenciones de protección de los niños:
Convención de Montevideo (1989), Convención de Nueva York de 1990 (OEA) Convención de Beijing de 1994, Pacto de Estocolmo, Pacto de Yokohama, Estatuto de Roma del 2002, Pacto de Rio de Janeiro de 2008. Esto es lo que tienen que acompañar ante los Juzgados y Cortes. 
Jurisprudencia Intl de la Corte Suprema de la Nacion Argentina, los niños no pueden ser revinculados con sus abusadores y/o maltratadores haciendo ejecucion a la Convencion Intl de Montevideo. Octubre 2010.
En el caso de que las victimas sean niñas están avaladas por la Convención de Belem Do para de 1994 ( OEA ) y la de Beijing. Convención de Nueva York de 1979.
En el caso de explotación sexual infantil con fines comerciales esto se considera trata de personas , es delito federal y esta considerado en la Convención de Bangladesh en la resolución 189 de la OIT ( Organización Internacional del Trabajo ) en la Convención Internacional contra el Crimen Organizado. En caso de ser en la Argentina bajo la ley 26.364. 
Acompañen siempre las Convenciones Intl impresas adjuntadas al escrito judicial. 
Diferencia entre abuso sexual infantil y explotación con fines comerciales:
Si el niño o menor ha sido fotografiado, filmado o se ha percibido algún método de comercialización del abuso se considera trata de personas por lo tanto es explotación sexual infantil.  Si es explotación sexual infantil se debe hacer la denuncia federal. La denuncia de abuso sexual infantil se debe hacer en sede civil y penal. En ambas y a la vez.

ABUSO SEXUAL INFANTIL NUNCA MAS!
 http://www.espaciosjuridicos.com.ar/

No hay comentarios:

Publicar un comentario